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Paraguay avanza en su “Ley Cripto”: qué dice el proyecto que aprobado en Diputados

La cámara Baja de Paraguay dio la media sanción al proyecto que le da un marco de regulación a los activos digitales, que será tratada en el Senado

Paraguay acaba de aprobar su ley de criptoactivos en Diputados con modificaciones, por lo que ahora será el Senado el encargado de aprobarla para pasar a su promulgación. De esta manera, el país vecino da el puntapie inicial en Sudamérica para brindar un marco legal a las criptomonedas

El parlamentario Carlos Rejala aseguró que el proyecto tuvo en cuenta las medidas de diferentes países que tomaron la iniciativa de estudiar el mercado y que la clave del proyecto de ley es regular algo que ya existe en Paraguay y que se está industrializando de manera impropia.

Entre los párrafos del proyecto destacado se puede leer: “Reconócese a la minería de criptoactivos como una actividad industrial e innovadora. Ésta actividad será beneficiaria de todos los mecanismos de incentivos previstos en la legislación nacional”.

Asimismo, reconoce que los criptoactivos son productos de libre compra y venta por aquellas personas físicas y jurídicas que lo deseen comercializar. En este sentido, enfatiza que los proveedores de servicios de criptoactivos tendrán prohibido:

  • Realizar custodia de criptoactivos de terceros sin la expresa autorización de la Comisión Nacional de Valores.
  • Vender, ceder o transferir su propiedad, dar en préstamo o garantía o afectar el uso y goce de los Criptoactivos que administran o custodian para terceros sin autorización expresa del propietario

Además, reconoce a los tokens como un Derecho de Utilizar un bien o servicio ofrecido, el cual se denomina token de utilidad que se denomina token de valor.

“Ambos serán negociados vía oferta privada o pública, en el caso sean asimilables a un título valor, según lo determine la Comisión Nacional de Valores. La oferta pública e intermediación estará sujeta a las reglamentaciones de la Comisión Nacional de Valores”.

Y el texto advierte: “Las entidades comercializadoras de Activos Virtuales deberán informar al adquirente las condiciones de comercialización con Activos Virtuales, notificando expresamente que los Activos Virtuales no son reconocidos como monedas de curso legal, por tanto, no tienen respaldo del Banco Central del Paraguay (BCP)”.

El alcance en Paraguay de la Ley Bitcoin

La Ley Bitcoin, elaborada por el diputado Carlos Rejala y el senador Fernando Silva Facetti, involucra, por lo menos, a cuatro entidades estatales:

  • Ministerio de Industria y Comercio
  • Administración Nacional de Electricidad (ANDE)
  • Comisión Nacional de Valores
  • Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad)

De estos, el Ministerio sería el organismo encargado de otorgar licencias a los mineros, supervisar sus actividades, registrar y controlar el funcionamiento de las máquinas informáticas cuyo único uso es la minería.

Asimismo, tendría competencia en la capacitación técnica de ingenieros sobre la minería y emitir sanciones en caso de que la actividad se lleve a cabo por fuera del marco regulatorio.

La ANDE contemplaría los requerimientos enfocados en el consumo eléctrico, fijar las tarifas que pagarían los mineros, aprobar y fiscalizar las instalaciones para la generación del hash rate.

Fernando Arriola, accionista y vicepresidente de BC Mining Paraguay comentó que en caso de que la minería sea reconocida como una industria más del país, el panorama cambiará totalmente.

“La ley les daría nombre y apellido a las criptomonedas. Hoy en día hay una laguna jurídica en la minería y el trading porque no existe como industria frente a la subsecretaría de tributación”, mencionó Arriola.

Fuente: iProup.com

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